La administración del presidente Trump aprobó este viernes, 10 de julio de 2026, una normativa que debilita significativamente la protección de los hábitats para especies en peligro. La modificación altera la definición de «daño» recogida en la Ley de Especies en Peligro, un pilar de la legislación ambiental estadounidense con más de 50 años de historia.
Hasta ahora, el término «daño» incluía cualquier alteración o degradación grave del hábitat que impidiera a los animales alimentarse, buscar refugio o reproducirse. El Tribunal Supremo ratificó esta interpretación en 1995. Sin embargo, con el nuevo cambio, destruir un nido o un entorno natural dejará de considerarse ilegal.
Esta nueva normativa facilita el acceso a estos terrenos para la explotación petrolera, la minería, la agricultura y el desarrollo urbanístico. Los ecologistas han descrito la medida como el mayor retroceso en la protección de la fauna silvestre en medio siglo. Dado que muchas especies ya se ven afectadas por la pérdida de hábitats adecuados, esta presión extra podría acelerar su proceso de extinción.
El Departamento del Interior y el Departamento de Comercio declararon que su intención es recuperar el sentido original de la ley. Según afirmaron, en los últimos años la legislación se ha utilizado para bloquear actividades comerciales lícitas. "Las agencias federales han abusado de la ESA para entorpecer el uso legal de la tierra", sentenció el secretario del Interior, Doug Burgum.
La Asociación Nacional de Minería respaldó la decisión de forma inmediata. Al mismo tiempo, 16 fiscales generales estatales, entre ellos los de California y Nueva York, calificaron los argumentos del cambio como "arbitrarios y contrarios a la ley".
El periodo de comentarios públicos sobre la norma atrajo cerca de 220.000 aportaciones. Casi el 99 por ciento de las opiniones se mostraron contrarias a la medida. Incluso algunas agencias de estados bajo control republicano advirtieron sobre las graves repercusiones que esto tendría.
Diversos ejemplos muestran cómo funcionaba la normativa previa. Los chorlitejos necesitan playas vírgenes para sus procesos de nidificación. El carpintero de cresta roja depende de la existencia de pinos centenarios. Por su parte, la salamandra tigre de California requiere de charcas estacionales para su ciclo vital. A partir de ahora, la destrucción de estos espacios sin que se produzca la muerte directa del animal ya no se considerará un daño punible.
La organización Earthjustice tiene previsto presentar una demanda legal. No obstante, si el asunto llega al actual Tribunal Supremo, la mayoría conservadora podría blindar este cambio para siempre. La incertidumbre recae ahora sobre el destino de las especies que ya se encuentran al límite.
Varios juristas señalan que los proyectos rara vez se detenían por completo debido a la protección de los hábitats. Lo más común era que las empresas presentaran planes para minimizar el impacto ambiental. Ahora, los incentivos para realizar dichas gestiones serán mucho menores.



